martes, 9 de abril de 2013

La relación Iglesia - Estado



Nos parece impropio describir la autoridad de la Iglesia sobre lo temporal como «indirecta». Además esto no es necesario para salvaguardar la distinción entre lo espiritual y lo temporal, que es la de la gracia y la naturaleza, vistas bajo uno de sus aspectos particulares. La gracia no suprime la naturaleza; la revelación no suprime la razón; la Iglesia no suprime el Estado; el Papa no desposee al César: la gracia perfecciona y restaura la naturaleza en todos los órdenes, precisamente porque ella misma no es naturaleza. No quita el esse; confiere el bene esse. Por eso, incluso si el pueblo es el César, el Papa tiene derecho al gobierno directo sobre él, pero no lo gobierna como un César. Para tomar de nuevo la fórmula de Pascal, «esto es de otro orden y superior». No hay otra causa de la visible exasperación de que dan prueba contra la Iglesia los diversos candidatos al imperio del mundo. Los efectos jurídicos y temporales de la jurisdicción de Roma nacen de una causa que, precisamente porque no es ni política ni temporal, les escapa. Sus armas que son las de la fuerza física, pueden devastar la cristiandad y desolar la Iglesia, pero, finalmente, no pueden nada contra la fe. Ya que ella también es de otro orden y superior. Así se comprende, sin introducir una distinción en la que la intención es sana, pero el fundamento dudoso, que lo religioso circule en la totalidad de la política y la rija desde dentro sin mezclarse en ella. «Subjiciens ei principatus et potestates», se lee el Viernes Santo en la Misa de los Presantificados. La Iglesia ruega por esto, y esto mismo es lo que desea. Sin embargo, no se trata de quitar al César lo que es del César, sino de comprender que lo que es del César pertenece primero a Dios.
Es éste un punto que una simple fórmula no basta para definir. Recientemente se decía: El Estado no es un instrumento al servicio de la Iglesia, e inversamente. El pensamiento del autor es probablemente sano, pero la frase deja escapar por todas partes la realidad que intenta expresar. El Estado es un instrumento al servicio de los fines religiosos de la Iglesia; lo admita o no, es él quien está ahí para ella. Inversamente, es absolutamente cierto que la Iglesia no es un instrumento al servicio del Estado; pero no es menos cierto que, puesto que ella misma sirve a un fin superior al del Estado, éste tiene necesidad de la Iglesia, que, aunque no le haga ningún «servicio», le hace mejor. Por esto la jurisdicción religiosa de la Iglesia, aun sin cambiar de manera alguna de naturaleza, tiene incidencias políticas directas. No podría ejercerse en lo temporal sin tenerlas. Por la misma razón no hay que esperar que aquellos que niegan la existencia del orden sobrenatural y religioso acepten que la autoridad de la Iglesia sobre lo temporal no sea esencialmente política. Puesto que todo es político para ellos, la jurisdicción que ejerce el Papa lo es por definición. Por ejemplo, si el Papa prohíbe votar por el comunismo, todo comunista verá una intervención política en una decisión religiosa, cuya incidencia directa sobre la política es manifiesta. Se equivocará de hecho y de derecho: hay un error irremediable mientras subsista la ilusión de la perspectiva, pero que no deja de ser un error. Lo hemos dicho ya; la verdad parece ser que la Iglesia no hace política jamás, pero se ocupa siempre y con derecho. Tiene autoridad religiosa directa sobre la política en razón de las implicaciones morales y religiosas, es decir, según la fórmula tradicional, en tanto en cuanto la política interese, positiva o negativamente, a la fe y a las costumbres. 

Nota 3ª al capítulo X de Las Metamorfosis de la Ciudad de Dios, de Etienne Gilson; pp. 326 -328. Editorial Rialp, 1.965.

5 comentarios:

Miles Dei dijo...

Yo quiero saber donde han llevado a España todos los que publicaben y leían a Gilson en 1965 en esta serie de clases magistrales.

¿Lo publicarían hoy?

Anónimo dijo...
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Anónimo dijo...
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Anónimo dijo...
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Anónimo dijo...

ESTIMADOS HERMANOS:
Confirmen con el desaparecido sacerdote de la parroquia San José del año de 1,978 padre HERMOGENES LOPEZ porque el tal fue vendido por el actual sacerdote de tal parroquia CARLOS ENRIQUE PIRIR AVILA (parroquia San José del municipio de San José Pinula del departamento de Guatemala de mi país Guatemala de la América Central). El ex-sacerdote de tal parroquia HERMOGENES LOPEZ reside en el sector de las margaritas de residenciales San José del municipio de San José Pinula del departamento de Guatemala de mi país Guatemala de la América Central. Solicito la reanudacion del ex-sacerdote HERMOGENES LOPEZ como nuevo sacerdote de la nueva parroquia de San José Obrero del sector 5 de los claveles de residenciales San José del municipio de San José Pinula del departamento de Guatemala de mi país Guatemala de la América Central.

Atentamente:
Jorge Vinicio Santos Gonzalez,
Documento de identificacion personal:
1999-01058-0101 Guatemala,
Cédula de Vecindad:
ORDEN: A-1, REGISTRO: 825,466,
Ciudadano de Guatemala de la América Central.